Las colecciones canónicas

 

Periódicamente se plantea en los ámbitos jurídicos y, en general, en nuestra sociedad actual, la necesidad de realizar reformas en el Código de derecho penal o civil, para de ese modo actualizar la legislación y hacerla más acorde y congruente con las necesidades que exigen las sociedades democráticas y, por supuesto, la profundización en los derechos y responsabilidades acordes con los tiempos actuales. Asimismo, también en la Iglesia Católica se escuchan comentarios acerca de la necesidad de reformar el Código de Derecho Canónico, aunque ya han tenido lugar dos ediciones del mismo, la de 1917 y la de 1983, e incluso se han introducido ya algunos retoques.

El origen y desarrollo de las grandes colecciones jurídicas del derecho europeo, es una de las cuestiones más interesantes que aborda el extraordinario trabajo de la profesora de la universidad de Harvard, Tamar Herzog, acerca de la historia del derecho europeo desde hace 2.500 años hasta nuestros días. Efectivamente, en primer lugar se detiene a tratar de las primeras recopilaciones jurídicas, como la ley de las XII Tablas (29), la compilación de edictos realizada en el siglo II, en tiempos del emperador Adriano (34), el Ius honorarium, el Codex Gregorianus del siglo III, o el Codex Theodosianus del siglo V (42),

Enseguida se detiene en la famosa compilación del emperador Justiniano (527-565), quien sancionó la recopilación realizada por los juristas más importantes del imperio para devolver la gloria al derecho romano y proporcional a los estudiosos y magistrados una herramienta para su trabajo (50-51). La primera de estas compilaciones fie el Código (Codex) (año 534) que resumía varios textos de la legislación imperial, algunos antiguos y otros recientes, se organizaeron de acuerdo con las materias y dentro de cada título las leyes se ordenaban cronológicamente. La segunda de estas compilaciones se denominó Digesto (o Pandectas) (año 533), que reproducía los textos claves de los grandes juristas romanos que habían publicado antes del siglo IV, organizado por temas, especialmente sobre temas de familia, propiedad y herencias. Su extensión era de 50 libros, ordenadas por títulos y leyes. Finalmente, la tercera compilación se denominaba Institutiones (año 533), y resumía el manual de Gayo de finales del siglo II. El conjunto se denomina Corpus Iuris Civilis y ha perdurado hasta el Código de Derecho civil que comenzó en España con la compilación de Alonso Martínez en el siglo XIX, siguiendo el promulgado por Napoleón en Francia.

Finalmente, el Corpus Iuris Canonici (120-121), con el que se gobernaba la Iglesia hasta el Código de Derecho canónico de 1917, que era una compilación de los Decretos y cánones de los papas y concilios, reunidos en varias colecciones: el Decreto de Graciano, las Decretales, el liber VIº,  las Clementinas,  las Novelas y Extravagantes.

José Carlos Martín de la Hoz

Tamar Herzog, Una breve historia del derecho europeo. Los últimos 2500 años, ed. Alianza editorial, Madrid 2019, 373 pp.