Los actuales conocimientos del genoma humano, acompañados de las últimas tecnologías reproductivas, permiten someter a los embriones creados in vitro a un análisis genético previo a su implantación, para introducir en el útero de la mujer sólo aquellos que se adapten a los criterios deseados, eliminando los defectuosos o enfermos. Esta selección de embriones se lleva a cabo, fundamentalmente, a partir de los resultados del llamado diagnóstico preimplantatorio.
En España estas medidas selectivas encuentran justificación en la Ley 35/88 sobre técnicas de reproducción asistida, que maneja la categoría de preembrión y aduce, para justificar tales prácticas, criterios terapéuticos y de prevención de enfermedades.
La autora, partiendo de la premisa de que la tutela de los débiles es función prioritaria del derecho, analiza el fundamento y las consecuencias de esta situación legislativa