A propósito del Padre Ángel

 

En la biografía de Pedro Casaldáliga que ha publicado en ediciones Herder, Juan José Tamayo, hace una referencia a que en 1994 fue finalista del premio Príncipe de Asturias, pero al no aceptar vahar a recogerlo se le concedió al Padre Ángel, quién compartió finalmente la dotación económica del premio.

Estaba leyendo estos datos, cuando observo que en el país digital se presenta unos titulares atribuidos al Padre Ángel donde el periodista pone en su boca unas palabras muy comprometidas: viene a decir que igual que la Iglesia bendice un coche, porqué no va a bendecir a dos personas que se quieren.

Evidentemente, en primer lugar, hemos de reconocer, admirar, rezar y apoyar con nuestras fuerzas toda la inmensa labor del Padre Ángel, de Caritas diocesana, de los bancos de alimentos, de las parroquias e instituciones católicas, por la labor social y en favor de los sin techo y más en estos tiempos en que la pandemia ha multiplicado la tasa de desempleo y ha enviado literalmente a miles de personas a la miseria y a la calle en estricto sentido.

En segundo lugar, hemos de recordar a los lectores que es inútil que los periodistas intenten aprovechar el prestigio social y cultural del Padre Ángel para tergiversar la verdad católica, pues el tesoro de la revelación que hemos recibido los cristianos y que procuramos vivir y trasmitir a todos los hombres está contenido y resumido en el catecismo de la Iglesia católica que se encuentra al alcance de la mano.

Si volvemos al texto del catecismo, todavía de reciente publicación (es el segundo catecismo universal preparad en veinte siglo de existencia cristiana) se explica la diferencia entre un sacramento y un sacramental. En primer lugar los sacramentos son: “signos sensibles instituidos por Jesucristo que conceden la gracia que significa” y por tanto, se nos recuerda que en el matrimonio el ministro del sacramento son los contrayentes, marido y mujer, quienes delante de los testigos y del testigo cualificado que es el sacerdote, aplican la forma del sacramento que es el consentimiento matrimonial de por vida. Finalmente, la materia del sacramento son los cuerpos íntegros de los contrayentes. Así pues, la bendición nupcial del sacerdote se imparte en nombre de Dios: “En consecuencia, siempre que un sacramento es celebrado conforme a la intención de la Iglesia, el poder de Cristo y de su Espíritu actúa en él y por él, independientemente de la santidad personal del ministro. Sin embargo, los frutos de los sacramentos dependen también de las disposiciones del que los recibe” (CEE n. 1128).

Otra cosa distinta son los Sacramentales: "La Santa Madre Iglesia instituyó, además, los sacramentales. Estos son signos sagrados con los que, imitando de alguna manera a los sacramentos, se expresan efectos, sobre todo espirituales, obtenidos por la intercesión de la Iglesia. Por ellos, los hombres se disponen a recibir el efecto principal de los sacramentos y se santifican las diversas circunstancias de la vida" (CEE, n. 1167). En el volumen editado por la comisión de liturgia de la Conferencia episcopal española denominado “Bendicional”, se contienen muchos modelos de bendición que la tradición de la Iglesia ha ido recogiendo, para el trabajo, la bendición de un coche o de una moto, de la familia, la casa, una mascota.

José Carlos Martín de la Hoz