El papa Francisco ha denunciado el dañó que supone el clericalismo para la Iglesia (me excuso por no buscar la cita), pero ¿qué es el clericalismo? Voy a aventurar unas consideraciones al respecto.

El clericalismo corresponde a una concepción estamental acerca de la dignidad y la responsabilidad en la Iglesia. Esta tendría al Romano Pontífice en la cúspide, después estarían los Obispos diocesanos, luego los sacerdotes y finalmente las laicas y laicos. En la concepción estamental se aplica el principio territorial, universal en el caso del Romano Pontífice y parcial en el caso de los Obispos y párrocos, así como sobre la responsabilidad, plena para el Papa y nula para los laicos.

Esto ha cambiado; los principios de la igualdad fundamental de los bautizados y el principio de subsidiariedad -que también invoca Francisco- hacen de la concepción estamental algo superado, para ser sustituido por el principio de sinodalidad: la Iglesia actuando com,o un solo cuerpo, compuesto de clérigos y laicos, ordenados y religiosos, mujeres y hombres.

El principio de sinodalidad no suprime la jerarquía en la Iglesia, aun así conviene distinguir entre jerarquía de Orden y jerarquía de jurisdicción. Aquellos que han recvibido el sacramento del Orden son jerarquía en su dignidad por la excelencia de su consagración a Dios, pero no ostentan facultades de gobierno si no las han recibido expresamente; en tanto que la jerarquía de jurisdicción se recibe para el gobierno de una comunidad y puede corresponder a clérigos o laicos, hombres o mujeres; piénsese en cualquier asociación laical o religiosa con su jerarquía propia.

El Decreto conciliar sobre el postolado en la Iglesia, Ad gentes divinitus, constituye un ejemplo perfecto  de la distinción entre el ministerio y el sacramento, y dice así: "Restáurese el orden del diaconado (...), pues es justo que aquellos hombres que desempeñan un ministerio verdaderamente diaconal, o que como catequistas predican la palabra divina, o que dirigen, en nombre del párroco o del Obispo, comunidades cristianas distantes, o que practican la caridad en obras sociales o caritativas, sean fortificados por la imposición de las manos transmitida desde los Apóstoles (...) para que cumplan con mayor eficacia su ministerio por la gracia sacramental del diaconado" (Ad gentes divinitus, nº 16).

El Decreto se refiere a los hombres -"aquellos hombres que desempeñan ...", pero ¿qué pasa con las mujeres?, porque es evidente que muchas de ellas prestan los mismos servicios, igualmente por encargo del párroco o del Obispo; ¿serán susceptibles de recibir el sacramento del diaconado por la imposición de las manos del Obispo? Eso es lo que está estudiando ahora mismo una Comisión designada por el Romano Pontífice y la Secretaría del Sínodo; pero, vale la pena señalar que la gracia y la consagración a Dios no se realiza solo por la imposición de las manos del Obispo, sino que hay y ha habido muchas mujeres santas, servidoras de Dios y de la Iglesia, que merecen toda nuestra reverencia.

Por último, el Sínodo advierte que la vocación de todos los fieles no puede ser la de recibir el sacramento del Oden, porque eso sería clericalizar la Iglesia, sino que cada uno debe profundizar en la vocación recibida, ya sea como laico, religioso o clérigo, tal como dispuso en su día el Concilio Vaticano II.

Juan Ignacio Encabo Balbín